Bruselas expedienta a España por gravar las viviendas de los extranjeros no residentes
Considera un «trato fiscal discriminatorio» que se les exija pagar en el IRPF hasta el 2% del valor catastral de su casa habitual
La Comisión Europea denuncia la forma en la que España grava a los ciudadanos no residentes con viviendas en el país de uso habitual. Este ... miércoles Bruselas abrió un expediente a España por aplicar «un trato fiscal discriminatorios a los ciudadanos no residentes», a los que se exige pagar el impuesto sobre la renta sobre el 2% del valor catastral de sus viviendas habituales.
El Ejecutivo comunitario ha exigido a las autoridades españolas que pongan fin a esta imposición, al considerarla discriminatoria asegurando que este trato afecta a la libre circulación de trabajadores y de capitales. Bruselas envió una carta de emplazamiento a las autoridades españolas, que ahora tendrán dos meses para responder y solucionar los aspectos subrayados por la Comisión. De no hacerlo, el caso se elevará al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
La Comisión incide en que mientras que los contribuyentes residentes no están sujetos al impuesto sobre la renta atribuible a sus viviendas utilizadas como residencia habitual, los contribuyentes no residentes deben pagar el impuesto sobre la renta sobre el 2% del valor catastral de sus viviendas utilizadas como residencia habitual en concepto de renta atribuible.
Condiciones de trabajo
La paciencia de Bruselas también ha llegado a su fin en materia laboral. Este miércoles la Comisión Europea pidió al TJUE que imponga sanciones a España por no adaptar a la legislación nacional la directiva europea de transparencia y condiciones de trabajo predictivas. Bruselas considera que los esfuerzos llevados a cabo por las autoridades españolas para transponer esta normativa han sido «insuficientes» por lo que se ha dirigido a la Justicia europea.
La directiva en cuestión requiere que los trabajadores reciban a tiempo información completa sobre los aspectos esenciales de su puesto de trabajo, como los horarios y la remuneración, entre otros. También limita a un máximo de seis meses el periodo de prueba que de los trabajadores, lo que beneficia a entre dos y tres millones de empleados en trabajos precarios.
La Comisión ha dado a conocer esta decisión en su paquete de infracciones de junio. El procedimiento de infracción a España se abrió en septiembre de 2022 y, en febrero de este año, el país notificó al Ejecutivo comunitario que había transpuesto a su legislación nacional algunos de los elementos de la directiva, pero no todos. Bruselas ha considerado este miércoles que los esfuerzos de las autoridades «no han sido suficientes» y ha pedido al TJUE que multe a España.
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